El aumento de matrimonios entre personas de distinta nacionalidad hace que cada vez sea más frecuente una pregunta compleja pero decisiva: ¿qué ocurre con la residencia del cónyuge extranjero cuando se produce un divorcio en España?
La respuesta no es única ni automática. El divorcio no solo disuelve el vínculo matrimonial conforme al Derecho civil, sino que puede tener consecuencias directas en materia de extranjería, especialmente cuando la autorización de residencia deriva del matrimonio o de la convivencia familiar.
En este artículo vamos a explicarte cómo se tramita un divorcio con elemento extranjero en España y, sobre todo, cómo afecta a la situación administrativa del cónyuge extranjero.
Divorcio en España cuando uno de los cónyuges es extranjero
Desde el punto de vista civil, el hecho de que uno de los cónyuges sea extranjero no impide divorciarse en España, siempre que los tribunales españoles sean competentes.
En la práctica, los juzgados españoles suelen declararse competentes cuando:
- Uno o ambos cónyuges tienen residencia habitual en España.
- España fue la última residencia común del matrimonio.
- El demandante reside habitualmente en España desde hace un tiempo relevante.
Una vez afirmada la competencia, el divorcio se tramita conforme al Código Civil español (CC), sin que la nacionalidad de los cónyuges altere los requisitos esenciales: basta con que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, sin necesidad de alegar causa.
Además, el CC regula también los efectos del divorcio: custodia de los hijos, el uso del domicilio familiar o las pensiones.
Así, este cuerpo legal se aplica igual para todos los matrimonios celebrados o reconocidos en España, con independencia de la nacionalidad de los cónyuges.
El divorcio puede ser:
- De mutuo acuerdo, mediante convenio regulador.
- Contencioso, cuando no existe acuerdo entre las partes.
La fecha de la sentencia firme será el punto de partida para valorar las consecuencias en materia de residencia.
Antes de divorciarse: identificar el tipo de residencia del cónyuge extranjero
Este es uno de los errores más habituales: iniciar el divorcio sin analizar previamente qué tipo de autorización de residencia tiene el cónyuge extranjero.
No todas las residencias reaccionan igual ante el divorcio. Es esencial distinguir entre:
- Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, cuando la residencia se obtuvo por matrimonio o vínculo con un ciudadano español o de la UE. Se rige por el Real Decreto 240/2007.
- Residencia por reagrupación familiar en régimen general, cuando el cónyuge extranjero fue reagrupado por otro extranjero residente legal. Se rige por la Ley Orgánica 4/2000 y su reglamento vigente, el Real Decreto 1155/2024.
- Residencia independiente, por trabajo, arraigo u otros motivos no vinculados directamente al matrimonio.
Cada una de estas situaciones tiene consecuencias jurídicas distintas tras la ruptura.
Divorcio y tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión
El punto clave está en el artículo 9 del Real Decreto 240/2007, que regula el mantenimiento a título personal del derecho de residencia tras nulidad, divorcio o separación legal. Cuando el cónyuge extranjero tiene una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, el divorcio no implica automáticamente la pérdida del derecho de residencia, pero sí obliga a revisar si se cumplen los requisitos para mantenerla a título personal.
1. Comunicación del divorcio
Tras la nulidad, separación o divorcio, existe la obligación de comunicar la ruptura del vínculo a la Administración. Mantener una tarjeta basada en una relación inexistente puede generar problemas en futuras renovaciones o incluso procedimientos de extinción.
2. Supuestos en los que se mantiene la residencia tras el divorcio
El cónyuge extranjero puede conservar su derecho de residencia de forma autónoma cuando concurra alguno de los siguientes supuestos:
- Duración suficiente del matrimonio: que el vínculo haya durado al menos tres años antes del inicio del procedimiento de divorcio y que uno de ellos haya transcurrido en España.
- Custodia de hijos del ciudadano comunitario atribuida al cónyuge no comunitario por acuerdo o decisión judicial.
- Situaciones especialmente difíciles, como:
- Violencia de género, acreditable provisionalmente con orden de protección o informe fiscal, y definitivamente por resolución judicial.
- Trata de seres humanos en el marco de la relación, con reglas de acreditación similares.
- Derecho de visita respecto de hijos menores que residan en España, siempre que dicho derecho esté reconocido judicialmente.
En estos casos, el divorcio no rompe el derecho de residencia, que pasa a ejercerse de manera independiente, siempre que el extranjero cumpla además las condiciones generales exigidas (medios económicos, seguro médico, etc.).
3. ¿Qué ocurre si no se cumple ninguno de estos supuestos?
Si no se encaja en ninguno de los escenarios anteriores, la tarjeta comunitaria no puede mantenerse. En ese caso, es fundamental anticiparse y estudiar una vía alternativa de residencia dentro del régimen general bajo el Reglamento vigente RD 1155/2024, según el título que corresponda (trabajo, arraigo, familiar de español, etc.), antes de quedar en situación irregular.
Divorcio y residencia por reagrupación familiar
Cuando la residencia del cónyuge extranjero deriva de una reagrupación familiar (no comunitaria), el divorcio sí tiene un impacto más directo, ya que desaparece el vínculo que justificaba la autorización inicial.
No obstante, la normativa vigente permite, en determinados casos, solicitar una autorización de residencia independiente, especialmente cuando:
- El matrimonio ha tenido una duración relevante.
- Existen hijos comunes escolarizados en España.
- El cónyuge extranjero dispone de medios económicos propios o actividad laboral.
El análisis debe hacerse caso por caso, ya que la ruptura del vínculo no supone una expulsión automática, pero sí exige regularizar la situación por una vía distinta.
¿Y si el extranjero tiene residencia en régimen general?
Si el extranjero tiene una autorización de residencia independiente, por ejemplo, por trabajo, estudios, arraigo u otro motivo no vinculado al matrimonio, el divorcio no afecta directamente a su permiso. La residencia se mantiene siempre que continúe cumpliendo los requisitos por los que fue concedida.
Divorcio con hijos menores y su influencia en la residencia
La existencia de hijos menores comunes es uno de los factores con mayor peso jurídico tanto en el ámbito civil como en extranjería.
Las medidas sobre guarda y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos o uso de la vivienda familiar, no solo determinan la relación parental, sino que pueden ser determinantes para conservar la residencia legal en España, como ya hemos explicado.
Además, en matrimonios entre españoles y extranjeros, es fundamental prestar atención a cualquier intención de trasladar al menor fuera de España, ya que ello requiere consentimiento del otro progenitor o autorización judicial.
Pasos legales en un divorcio con ciudadano extranjero en España
- Interposición de demanda de divorcio
Puede ser de mutuo acuerdo (más rápido y menos costoso) o contencioso.
- Medidas tras el divorcio
Es fundamental establecer, en su caso:
- Custodia de los hijos.
- Uso del domicilio familiar.
- Régimen de visitas.
- Pensión alimenticia.
- Comunicación del divorcio a Extranjería
Una vez firme la sentencia, debe comunicarse a la Oficina de Extranjería para modificar o extinguir la tarjeta comunitaria, o para iniciar una nueva solicitud de residencia.
- Solicitud de nueva autorización si procede
Si el extranjero desea mantener su residencia bajo régimen comunitario por cumplir alguno de los requisitos citados, debe hacerlo antes de que caduque su tarjeta actual. Si no cumple los requisitos, deberá pasar al régimen general.
Consecuencias legales de no actuar correctamente
- Extinción del permiso de residencia si se mantiene sin informar del divorcio.
- Expediente de expulsión si se considera que la residencia es fraudulenta o el vínculo ha desaparecido y no se ha comunicado.
- Pérdida de derechos laborales si se pierde el permiso de residencia sin tramitar una autorización alternativa.
- Dificultades para renovar, reagrupar o nacionalizarse en el futuro si se ha incumplido la normativa de extranjería.
Recomendaciones prácticas para proteger la residencia tras el divorcio
Desde una perspectiva jurídica y preventiva, conviene tener en cuenta:
- Analizar la residencia antes de divorciarse, no después.
- Coordinar el procedimiento de familia con la estrategia de extranjería.
- No esperar a la caducidad de la tarjeta para actuar.
- Documentar adecuadamente la convivencia, la relación con los hijos y la integración en España.
- Solicitar asesoramiento especializado cuando existan dudas sobre el mantenimiento o modificación de la autorización.
En conclusión, el divorcio con un ciudadano extranjero en España es un procedimiento plenamente viable desde el punto de vista civil, pero sus efectos en materia de extranjería pueden ser decisivos si no se gestionan correctamente.
La clave no está solo en divorciarse, sino en cómo y cuándo hacerlo, teniendo en cuenta el tipo de residencia, la duración del matrimonio, la existencia de hijos y la normativa vigente en cada momento.
Un enfoque jurídico integral, que combine Derecho de Familia y Derecho de Extranjería, es la mejor garantía para proteger tanto los derechos personales como la estabilidad administrativa del cónyuge extranjero tras la ruptura.

