Nómada digital con familia: requisitos legales para traer a tu pareja e hijos a España

Nómada digital con familia: requisitos legales para traer a tu pareja e hijos a España

Vivir en España como nómada digital no significa hacerlo solo. La normativa española te permite trasladar a tu familia contigo, siempre que cumplas ciertos requisitos documentales y económicos. 

En este artículo vamos a explicar cómo funciona esta vía, qué familiares pueden venir, qué ingresos se deben demostrar y cómo se tramita desde dentro o fuera de España.

¿Quieres entender mejor cómo solicitar tu propio visado de nómada digital antes de traer a tu familia? Te recomendamos leer también nuestro artículo sobre cómo conseguir tu visado de nómada digital en España.

¿A quién puedes traer contigo con el visado de nómada digital?

La normativa que rige el visado y autorización de teletrabajo internacional se integra en la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores, reformada por la Ley 28/2022. Bajo este régimen, pueden obtener autorización de residencia:

  • Cónyuge o pareja de hecho.
  • Hijos menores de 18 años
  • Hijos mayores económicamente dependientes que no hayan constituido unidad familiar propia
  • En algunos casos también pueden admitirse ascendientes a cargo, siempre con prueba firme de dependencia económica y necesidad real.

En la práctica, es más sencillo cuando existe matrimonio o pareja de hecho inscrita, porque se considera vínculo acreditado sin discusión. En cambio, cuando se trata de parejas no registradas, será imprescindible aportar pruebas consistentes: convivencia continuada, contratos o cuentas conjuntas, hijos en común, etc.

Respecto a los hijos mayores, la clave es demostrar su dependencia real: manutención económica sostenida, estudios y ausencia de unidad familiar propia.

Un aspecto importante es que no necesitas esperar a que se apruebe tu permiso para solicitar el de tus familiares: la normativa permite presentar las solicitudes simultáneamente, lo que facilita que la familia llegue a España desde el primer momento.

¿Dónde se tramita la solicitud del familiar?

El procedimiento puede iniciarse en dos escenarios distintos:

a) Desde fuera de España:

Se presenta la solicitud ante el Consulado de España correspondiente a tu residencia. A diferencia de otros visados, para el nómada digital es positivo agrupar expediente del titular con sus familiares, especialmente para acreditar medios económicos de manera conjunta.

Una vez concedidos los visados, todos viajan a España y tramitan la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) en la comisaría correspondiente. 

b) Desde España (si ya estás en estancia legal): Recuerda que estás en estancia legal si te encuentras dentro de los 90 días de estancia como turista o si cuentas con algún tipo de residencia ya otorgada.

Si te encuentras en España de manera legal, la solicitud se presenta de forma telemática ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE)

Por lo tanto, puedes:

  • Llegar primero tú y tramitar la incorporación familiar después.
  • Presentar todas las solicitudes a la vez.

Esta flexibilidad resulta útil para encajar plazos de escolarización, vivienda, disponibilidad documental, etc.

Requisitos económicos en 2025: cuánto necesitas acreditar por tu familia

Este es uno de los puntos más importantes.

Para el nómada digital, se exige demostrar capacidad económica suficiente, tomando como referencia el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En 2025, el SMI se sitúa en 1.184 € al mes en 14 pagas, lo que equivale a 1.381,33 € si se prorratea en 12 mensualidades.

El titular debe demostrar ingresos equivalentes al 200 % del SMI mensual. A esa base se suman importes adicionales por cada familiar:

  • Primer familiar (pareja o primer hijo): +75 % del SMI
  • Segundo y siguientes miembros: +25 % del SMI por cada uno

Ejemplo práctico

Familia de cuatro miembros (titular + pareja + 2 hijos):

  • Titular → 2 × 1.381,33 € ≈ 2.763 €
  • Pareja → 0,75 × 1.381,33 € ≈ 1.036 €
  • Hijos → 2 × (0,25 × 1.381,33 €) ≈ 690 €

Total ≈ 4.490 € al mes

¿Qué documentos sirven como prueba?

  • Nóminas
  • Contratos laborales o mercantiles con empresas extranjeras
  • Facturación y contratos con clientes extranjeros
  • Extractos bancarios
  • Ahorros suficientes para cubrir estancias prolongadas

Lo esencial es demostrar ingresos de origen extranjero, coherentes y recurrentes, con al menos 3 meses de antigüedad, especificando cliente o empleador y país de origen, así como aportar facturas y movimientos bancarios coincidentes entre ambos documentos.

¿Puede tu pareja trabajar en España? ¿Y los hijos mayores?

Sí. Las autorizaciones concedidas al cónyuge o pareja de hecho habilita a trabajar en España desde el inicio, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. En cuanto a los hijos mayores, aún cuando la tarjeta indica que se le permite trabajar, estos deberán, una vez que tengan posibilidad de hacerlo, solicitar una residencia independiente, toda vez, que la residencia obtenida por el hijo mayor de edad, se resuelve favorablemente por estar “a cargo”. Al trabajar, esta situación desaparece y la tarjeta puede ser extinguida.

Esto evita trámites adicionales y permite que tu pareja pueda integrarse en el mercado laboral español desde que llega. 

Documentación clave para familiares

Además de acreditar tu vínculo y solvencia, deberás reunir:

Prueba del vínculo

Pareja (cónyuge o relación análoga)

Puedes traer a tu cónyuge o a tu pareja con relación análoga a la conyugal.

  • Si estáis registrados como pareja de hecho o casados, bastará el certificado correspondiente.
  • Si no estáis registrados, deberás documentar la relación de forma sólida:
    • convivencia continuada reciente (por ejemplo, alrededor de 1 año de vida conjunta),
    • contrato de alquiler o escritura compartida,
    • cuentas bancarias conjuntas,
    • hipoteca común,
    • hijos en común,
    • pruebas de estabilidad económica compartida.

Cuanta más documentación aportes, más sólido será el expediente.

Hijos

  • Hijos menores: basta el certificado de nacimiento.
  • Hijos mayores de edad dependientes: deberás demostrar dependencia económica real y que no han constituido una unidad familiar propia (transferencias, gastos a tu cargo, matrícula universitaria, convivencia).

Todo documento extranjero debe venir legalizado o apostillado, y traducido al español por traductor jurado si no está en español.

Antecedentes penales

Obligatorios para los mayores de edad. Deben estar actualizados, legalizados/apostillados y traducidos en su caso.

Seguro médico

Puedes optar por:

  • Póliza privada sin copagos equivalente al sistema público, o
  • Cobertura a través de Seguridad Social (por alta en España o formularios S1/A1 según el país de origen)

Solvencia económica

Adjunta:

  • Extractos bancarios
  • Nóminas o facturas
  • Contratos laborales o mercantiles

Es importante que todos los importes coincidan: lo que facturas, lo que declaras y lo que recibes en cuenta.

Duración, renovaciones y planificación

La autorización de los familiares se sincroniza con la del nómada digital principal. Esto significa:

  • Misma vigencia inicial (máximo 3 años)
  • Misma fecha de caducidad
  • Renovación conjunta

Si mantenéis los requisitos (actividad real, ingresos, seguro), podréis renovar sin problema.

Tras 5 años de residencia continuada, la familia puede acceder a residencia de larga duración.

Planificación recomendada: Si prevés retrasos en algún documento (penales, prueba de convivencia, traducciones), puedes:

  1. tramitar primero tu residencia,
  2. y después presentar la de tu familia ante UGE-CE.

En cambio, si todo está listo, lo ideal es presentar expediente conjunto.

Consejos prácticos y escenarios frecuentes

Parejas no registradas

Aunque la ley admite relaciones análogas al matrimonio, en la práctica muchos consulados exigen pruebas muy contundentes. Si es posible, registrar la pareja antes de solicitar simplifica mucho el proceso.

Hijos mayores dependientes

Acredita su dependencia económica real:

  • Transferencias continuadas
  • Matrícula de estudios
  • Gastos de manutención
  • Declaración de que no forman su propia unidad familiar (certificado de soltería)

 

En conclusión, traer a tu pareja e hijos a España bajo el régimen de nómada digital es perfectamente posible si planificas bien. 

El éxito del trámite depende de tres pilares:

  1. acreditar bien el vínculo familiar;
  2. demostrar medios económicos suficientes para todos;
  3. presentar un expediente ordenado, legalizado y coherente desde el primer momento.

Además, tus familiares podrán trabajar legalmente en España desde su llegada.